jueves, 27 de agosto de 2009

Boletín Electrónico ESPECIAL OBRAS SOCIALES

27 de Agosto de 2009 La Plata Provincia de Buenos Aires
Departamento de OBRAS SOCIALES

INFORMACIÓN SISTEMA UNIFICADO Nº 28/2009

o PAMI TIRAS REACTIVAS – RES. 337/05
Transcribimos mail recibido de la Confederación Farmacéutico, con relación a la facturación y presentación de recetas con tiras reactivas.

…”En relación a las consultas recibidas, relacionadas a la facturación y presentación de recetas con "tiras reactivas", se recuerda que las normas operativas no han sido modificadas.
Para las farmacias que validan online, es importante tener en cuenta que el validador al transaccionar la receta arrojará como "total producto/total receta" el importe al cien por ciento del precio de venta al público (pvp), otorgándole a estos productos cobertura del cien por ciento a cargo de la obra social. Esos mismos importes serán los que se reflejen en las carátulas del online. En estos casos es indispensable que las farmacias no confeccionen lotes especiales con carátulas manuales, ya que de hacerlo duplicarían cantidades de recetas e importes.
A las farmacias exceptuadas de validar, o para los casos en que las UGLS hubiesen confeccionado autorizaciones de la R337/05 manuales, también es necesario recordar la importancia de no confeccionar lotes especiales y respetar la normativa vigente.
Saludos cordiales”…

Confederación Farmacéutica Argentina

o OSPEOBRA SOCIAL DE PETROLEROS
Nuevas Normas de Atención vigentes a la fecha:
40% (haga clic aquí)
40% PMO (haga clic aquí)
50% (haga clic aquí)
70% (haga clic aquí)
Vademécum (haga clic aquí)
Listado de Débitos (haga clic aquí)
Modelos de credenciales y de Recetario Crónico (haga clic aquí)

Recordamos que no se aceptan recetas sin validar, por tal motivo aquellas farmacias que por algún inconveniente no puedan realizar la validación On Line, deberán comunicarse indefectiblemente al Tel.: 0800-222-0533 Mesa de Ayuda Ospe (Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00hs. y Sábado de 8:30 a 13:30hs.), para solicitar autorización para poder proceder a la dispensa de dicha receta.
Informamos que como requisito indispensable para la presentación al cobro de la facturación, la Obra Social OSPE solicita que se indique en cada una de las recetas dispensadas, el número de ticket fiscal, o en su defecto, se adjunte el ticket fiscal a la receta, y que se emita antes de proceder a realizar el cierre de presentación, un detalle de las recetas físicas que se elevarán al cobro.

Asimismo, se informa que tanto el requisito de adjuntar el ticket fiscal o consignación de dicho número, como el de adjuntar el detalle de las recetas validadas a la carátula de cierre elevar al cobro, serán obligatorios a partir de 1° de Septiembre del corriente.

Con el objeto de evitar que se generen inconvenientes al momento de ingresar las recetas al Sistema On Line, detallamos las opciones que existen dentro del validador, y qué planes deben validarse en cada uno de ellos:

PLAN
-AMBULATORIO RECETA OFICIAL OSPE: en este plan deben validarse todas aquellas recetas comprendidas dentro de los planes AMBULATORIOS, PMI.
-AUTORIZADOS RECETA OFICIAL OSPE: dentro de este plan deben validarse únicamente aquellas recetas que se encuentren autorizadas indicando el porcentaje, los productos y cantidades a reconocer en cada caso.
-CRONICOS RECETA OFICIAL OSPE: dentro de este plan deben validarse aquellas recetas que se encuentren prescriptas en recetas oficiales de crónicos o recetarios particulares cuyos afiliados estén dentro de dicho Plan.

Las autorizaciones especiales deberán ser suscriptas por personal de OSPe pertenecientes a las delegaciones La Plata, Berisso, Ensenada, Pilar, Chivilcoy, Mar del Plata y OSPe Central. Cabe destacar que existe un lugar en la validación para cargar especialmente autorizaciones.

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